jueves, 16 de mayo de 2013

MAURICIO, TE LA SOPLARON MAL, ES GRAVE LA QUE TIRASTE...



El DNU de Macri no es una "pavada", o sólo una mostrada de hilacha (ninguna novedad), sino un flagrante desconocimiento de la división de competencias entre Nación y provincias. Es GRAVE, o al menos lo sería, si lo mismo planteara alguien que no fuera este monigote, porque significa desconocer la existencia de la Nación misma y manejarse como si la CABA fuera una jurisdicción extranjera.

El texto (http://www.buenosaires.gob.ar/sites/gcaba/files/decreto_libertad_de_prensa.pdf)  contiene varios disparates: el Jefe de Gobierno de la CABA se arroga la potestad de desconocer la Ley de protección de datos personales - por ejemplo - (Art. 7º) y asume que los funcionarios públicos deben autocensurarse para "no presionar a la prensa", aunque la prensa los calumnie reiterada y maliciosamente.

El Art. 12 es de antología: dice que los medios "están sujetos a las leyes de defensa de la competencia" PEEEEEEEEEEEERO "exceptuados de aquellas dictadas exclusivamente para medios de comunicación". Cree que un DNU o una Ley de la CABA tienen prelación sobre una Ley nacional (pq la "excepción" intenta establecer la inoponibilidad de la Ley de Medios a las empresas de medios domiciliadas en la CABA). Un absurdo, y no sé sino hasta un delito, en tanto desconoce el orden constitucional y podría configurar el delito de sedición. El Art. 128 CN establece "Artículo 128.- Los gobernadores de provincia son agentes naturales del Gobierno federal para hacer cumplir la Constitución y las leyes de la Nación.", pero el JG pretende desconocer la Legislación del Congreso. Y todo ello, mientras clama por "las instituciones democráticas"...

El Art. 14, otro dislate: ¿cómo va a desconocer un gobierno LOCAL lo que haga el gobierno nacional en uso de las potestades que la CN reconoce como exclusivas del gobierno federal, como la regulación del comercio exterior (Art. 75, inc. 13)?
Todo ello palidece ante el Art. 16, donde directamente desconoce la expropiación por causa de utilidad pública que establece el Art. 17 CN.

¿Qué decir sobre el Art. 21, donde se llega al atrevimiento de ponerse en posición de "tribunal supraconstitucional", al afirmar que la Nación puede regular el uso del espacio radioeléctrico "en la medida en que ella no afecte las libertades de imprenta, prensa y expresión de los habitantes de la Ciudad ni de las personas físicas en ella domiciliadas"?
El disparate continua en el Art. 22, donde considera que la regulación de la prensa, etc. es potestad originaria de la Ciudad, no delegada al gobierno federal, seguramente (mal)interpretando el Art.32, al confundir deliberadamente a la regulación de la competencia entre los medios audiovisuales con el establecimiento de la jurisdicción federal sobre la libertad de imprenta. Evidentemente, para Macri y su gobierno "libertad de imprenta" es lo mismo que "libertad absoluta para el impre tero", y nadie le avisó que todo este absurdo jurídico puede configurar lo que la CN enuncia en su "Artículo 6º.- El Gobierno federal interviene en el territorio de las provincias para garantir la forma republicana de gobierno", ante lo cual el gobierno federal podría disponer la INTERVENCIÓN FEDERAL de la CABA ¿Será justamente éso lo que busca, de modo tal de crear un conflicto institucional grave para desestabilizar a las autoridades nacionales, pero presentándolo a la opinión pública como "ataque a la autonomía de la CABA" y "ataque a la libertad de imprenta"? ¿Incompetencia lisa y llana, o "caballo de Troya"?



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